Mostrando entradas con la etiqueta SAU-2. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta SAU-2. Mostrar todas las entradas

PRESENTAMOS ALEGACIONES AL PROYECTO DE URBANIZACIÓN DE UN GRAN CENTRO COMERCIAL EN PLENO TERRITORIO HISTÓRICO

Ordenación del SAU.2 en el visor urbanístico de la Comunidad de Madrid
 

Desde hace más de veinte años nuestra asociación se ha opuesto frontalmente a la construcción de un enorme centro comercial (44 ha) dentro del mismo Territorio Histórico de la Gran Cerca de Felipe II e incluso colindante con la misma cerca. Ahora hemos presentado alegaciones contra el último proyecto de urbanización del SAU-2 (el polígono ‘Miravalle’) que tendrá un enorme impacto paisajístico sobre el territorio escurialense. Por desgracia, hace varios años se llevaron a cabo grandes movimientos de tierra en la zona que destruyeron varias hectáreas de monte y humedales estacionales; dejaron un paisaje lunar además de destruir unos metros de la cerca histórica.

 

En nuestras alegaciones denunciamos la opacidad y la falta de información que ha sido un constante en esta operación especulativa que se remonta a los años 90. Se basa el permiso para construir el SAU-2 en informes favorables de la Comunidad de Madrid (impacto ambiental y patrimonio histórico) que nunca se han publicado. Además, en el mismo proyecto de urbanización faltan la documentación y los planos suficientes para evaluarlo en profundidad.

 

Lo más incomprensible es la falta de cualquier referencia, a la declaración del BIC del Territorio Histórico, en todo el proyecto de urbanización ni en la modificación puntual del planeamiento que se hizo en julio de 2022. En el proyecto se menciona el problema de los impactos del ruido de la cercana AP.6 pero no hay nada sobre su impacto visual y paisajístico.

 

Todo esto contrasta con los criterios y requisitos durísimos que la Comisión Local de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid aplica desde hace años en el municipio de San Lorenzo de El Escorial, incluso para obras menores como las instalaciones fotovoltaicas. Parece que, en el planeamiento urbanístico de nuestro municipio, existe un doble rasero: uno muy laxo para este gran centro comercial donde no se aplican ninguna de las protecciones para el paisaje y los visuales de los elementos protegidos; otro para el resto del territorio donde se mira con lupa el más mínimo impacto paisajístico.

 

Enlace a nuestras alegaciones

 

 

EL APARENTE DOBLE RASERO DE LA COMUNIDAD DE MADRID ENTRE LOS REQUISITOS PARA LAS PLACAS SOLARES Y LOS PARA UN GRAN POLÍGONO COMERCIAL

 

El polígono comercial 'Miravalle' (SAU-2) está en San Lorenzo y linda con la Gran Cerca.


Hemos solicitado por el portal de transparencia al Ayto. de San Lorenzo de El Escorial todos los informes de la Comisión Local de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid sobre el planeamiento y el desarrollo del SAU-2 Área de Actividad. También hemos pedido el estudio de impacto ambiental del SAU-2 y su posterior Declaración (favorable) de Impacto Ambiental.

 

Nuestro motivo principal es saber cómo el actual proyecto de urbanización cumple con los requisitos del Territorio Histórico de la Gran Cerca de Felipe II. La Comisión Local alega motivos de impacto paisajístico en todo el municipio para prohibir o restringir las placas solares en las cubiertas de los vecinos, con una serie de exigencias casi imposibles de cumplir (ej. que no sean visibles desde la calle, que haya tres alternativas de proyecto para cada instalación etc.). Por lo tanto, nos ha sorprendido mucho que, en la modificación del proyecto de urbanización de dicho polígono (BOCM 14/07/22), no hay ninguna referencia al impacto paisajístico de las construcciones del polígono sobre la misma Gran Cerca que es aledaña, sobre otros elementos protegidos cercanos como el Palacio de Monesterio ni sobre las vistas del conjunto del Territorio.  

 

Los requisitos estéticos para las construcciones del SAU-2 en la modificación del 2022 son poco rigurosos y muy generales. Por ejemplo, se prohíben los ‘materiales de baja calidad’ pero se permiten las cubiertas planas que están vetadas en el resto del municipio. Además, se permiten montar grandes carteles, anuncios y rótulos de hasta 9 metros sobre la rasante del suelo, con la condición de que los colores y luces no sean ‘excesivamente llamativos’.


Al mismo tiempo, para las placas solares en gran parte del casco de San Lorenzo (no solo el Conjunto Histórico) ‘se informará negativamente las solicitudes de instalación de paneles solares’ por su impacto visual. En el resto del municipio se estipula que para ‘su percepción desde el entorno’... ‘se produzca una integración geométrica y compositiva, agrupándose armónicamente respecto del espacio’ y se tendrá en cuenta ‘las vistas de y desde los elementos más importantes del territorio y de su paisaje natural’. Por último, se establece una gran cantidad de requisitos técnicos y burocráticos para presentar cada solicitud y la tramitación es muy lenta. De hecho, en los últimos tres años solo se han aprobado 17 instalaciones en el municipio, según un reciente informe al Defensor del Pueblo, mientras los municipios colindantes están plagados de placas. 

 

Da la sensación de que en San Lorenzo existe un doble rasero en la aplicación de la normativa del Territorio Histórico de la Gran Cerca de Felipe II: dureza extrema para los vecinos que quieren participar en el autoconsumo eléctrico con algunas placas en sus cubiertas; extrema laxitud para los promotores de un gran polígono comercial e industrial de más de 30 hectáreas.