Cartel: argentina.indymedia.org |
EQUO Escorial y Acción Plural han mandado un escrito al Ayuntamiento de El Escorial expresando su preocupación por la cantidad de herbicidas, normalmente glifosatos, que se utilizan en lugares públicos como las cunetas de las carreteras, los parques y jardines. El glifosato es tóxico y puede tener serias consecuencias sobre la salud de las personas. Los dos partidos piden que se prohiba "el uso de glifosatos dentro o en las inmediaciones de las urbanizaciones, parques y jardines, polideportivos, colegios y cualquier zona de uso público frecuente". También solicitan que el Ayto. indique a otras administraciones y grandes empresas el uso de tratamientos alternativos.
Más información sobre el glifosato: Ecoportal.net
Estamos muy preocupados por el uso de herbicidas, normalmente glifosatos, que
se utilizan en nuestro término municipal, en todas los lugares, desde las vías
de ferrocarril por parte de Adif, las cunetas de las carreteras por parte de
las concesionarias de mantenimiento, en la casita del príncipe por parte de
patrimonio y por el propio ayuntamiento en parques y jardines, manifestamos:
Nuestros ciudadanos y ciudadanos pueden verse afectados por el uso masivo
de herbicidas. El uso glifosato, clasificado como tóxico severo para la
exposición ocular, y leve para oral, sobre la piel y respiratoria en humanos, y
según algunos estudios, también con efectos endocrinos y causar la muerte de
embriones, placentas y células umbilicales, se debe plantear desde la lógica no
sólo de funcionalidad sino también desde sus efectos en la salud ambiental y
salud pública.
Existe una Directiva marco europea para un Uso sostenible de los
plaguicidas aprobada por el Parlamento Europeo el 13 de enero de 2009 cuyos
objetivos son: La reducción de los riesgos y los efectos del uso de los
plaguicidas en la salud humana y el medio ambiente, y el fomento del uso de la
gestión integrada de plagas y de planteamientos o técnicas alternativos como
las alternativas de índole no química a los plaguicidas. En su Capítulo IV,
artículos 11, Medidas para proteger el medio acuático y el agua potable y
especialmente el 12, Reducción del uso o de sus riesgos en zonas específicas,
se expone:
“Los Estados miembros, teniendo debidamente en cuenta los requisitos
necesarios de higiene y salud pública y la biodiversidad, o los resultados de
las evaluaciones de riesgo pertinentes, velarán por que se minimice o prohíba
el uso de plaguicidas en algunas zonas específicas. Se adoptarán medidas
adecuadas de gestión de riesgo y se concederá prioridad al uso de productos
fitosanitarios de bajo riesgo con arreglo a lo definido en el Reglamento (CE) n
o 1107/2009 y a las medidas de control biológico. Dichas zonas específicas
serán:
a) los espacios utilizados por el público en general o
por grupos vulnerables, con arreglo a lo definido en el artículo 3 del
Reglamento (CE) n o 1107/2009, como los parques y jardines públicos, campos de
deportes y áreas de recreo, áreas escolares y de juego infantil, así como en
las inmediaciones de centros de asistencia sanitaria;
b) las zonas protegidas que define la Directiva
2000/60/CE u otras zonas señaladas a efectos de establecer las necesarias
medidas de conservación de acuerdo con lo dispuesto en la Directiva 79/409/CEE
y en la Directiva 92/43/CEE;
c) las zonas tratadas recientemente que utilicen los
trabajadores agrarios o a las que estos puedan acceder.”
Sabedores que se utiliza
Por
ello solicitamos:
1. Que se prohiba el uso de glifosatos dentro o en las inmediaciones
de las urbanizaciones, parques y jardines, polideportivos, colegios y cualquier
zona de uso público frecuente.
2. Que se indique a las otras
administraciones, especialmente Patrimonio y Comunidad de Madrid, a sus
empresas concesionarias o a las grandes empresas (Adif) el uso de otros
tratamientos alternativo al uso de glifosatos, como son los tratamientos
mecánicos, térmicos, etc
No hay comentarios:
Publicar un comentario