22 de febrero: Ya existen más de treinta campos de golf en la Comunidad de Madrid pero Esperanza Aguirre quiere construir unos treinta más como el campo del El Tomillar en El Escorial. El interés de la presidenta regional en promover tanto este deporte minoritario y privatizar muchos espacios verdes y protegidos viene de lejos y está estrechamente relaccionado con los negocios de su propia familia, como se vió claramente en un reportaje de El Plural del año pasado. Uno de los casos más preocupantes en este momento es el proyecto del Club de Campo del Noroeste en Las Rozas. Abajo una nota de la coordinadora Salvemos la
Sierra que afirma que el Club de Campo del Noroeste podría incumplir la normativa
del Parque Regional de la Cuenca Alta de Manzanares:
El proyecto del Club de Campo del Noroeste en la finca de El
Garzo, diseñado desde la
Comunidad de Madrid, se enmarca dentro de una política de
ordenación territorial, ya repetida en otros lugares, de aprovechar espacios
protegidos para construir instalaciones de uso público en vez de utilizar para
ello suelos urbanizables. Esto es posible gracias a una modificación de la ley
del suelo de la Comunidad
de Madrid en el año 2007[1].
El Club de Campo del Noroeste ocuparía terrenos pertenecientes al
Parque Regional de la
Cuenca Alta del Manzanares (PRCAM), el mayor espacio
protegido de la Comunidad
de Madrid. En la zonificación de este parque existen dos áreas de transición
(zonas T), una de las cuales corresponde al término municipal de Las Rozas,
donde estaría enclavado este Club de Campo. Las zonas T son las que poseen
menor grado de protección dentro del PRCAM; su función principal es la de
"preparque", en concreto la de garantizar
la protección del Monte de El Pardo, según su Plan Rector de Uso y Gestión
(PRUG). Es cierto que en este plan la zona T se deja albergar instalaciones
deportivas y recreativas, como afirmó la propia presidenta, pero existe una
importante matización: deben ser compatibles
con la función de protección (que constituye la finalidad primordial del área). Es, por lo tanto, muy dudoso que,
por ejemplo, el aparcamiento o las edificaciones que se pretenden construir
dentro esta zona T puedan considerarse compatible con la "función
protección".
Pero no es éste no es el único condicionante del PRUG que afecta a
esta zona T. En el apartado de "protección de los recursos
naturales", se establece la
imposibilidad de realizar cualquier actividad que afecte negativamente a la
cantidad o calidad de las aguas superficiales y subterráneas y/o su riqueza
fáunica. Como es bien sabido, un campo de golf necesita de potentes
herbicidas para mantener los "greens", estos biocidas pasarían
inevitablemente al cauce del arroyo de la Trofa, que cruza una superficie considerable del
Monte de El Pardo, contaminando su ya exiguo cauce. Por lo tanto, este condicionante
contraviene claramente la propia normativa del PRCAM.
El hecho de que este campo de golf sea proyectado como
"biogolf", no soluciona este problema, ya que un “campo de biogolf”,
según las noticias referentes al propio proyecto, se refiere a que se respeta y se adapta a las
características del terreno. Hay que tener en cuenta, por último, que existe ya un
campo de golf a menos de 10
kilómetros de allí, en Majadahonda. En la región
madrileña existen ya, en total, 26 campos de golf.
[1] "Además, en el suelo no urbanizable de protección podrán
realizarse e implantarse con las características resultantes de su función
propia y de su legislación específicamente reguladora, las obras e
instalaciones y los usos requeridos por los equipamientos, infraestructuras y
servicios públicos estatales, autonómicos o locales que precisen localizarse en
terrenos con esta clasificación." Art. 29.2 del la ley 9/2001 de la CM.
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