ENTORNO ESCORIAL RECHAZA EL CAMPO DE GOLF EN EL TOMILLAR


Entorno Escorial ha presentado alegaciones contra el Estudio de Incidencia Ambiental del Parque de El Tomillar que justifica la construcción de un campo de golf en un espacio verde público. El estudio es muy sesgado, especialmente en su evaluación del estado actual de la zona y en la falta de "alternativas razonables" (algo obligado por ley): ¡la única opción que ofrece propone un lago artificial para embarcaciones de recreo! El estudio en ningún momento demuestra una demanda social para un campo de golf en el municipio, no garantiza que los usos deportivos sean de carácter público, infravalora el impacto ambiental del proyecto y no evalúa como se traerá agua reclicada para regar el campo (la depuradora está lejos y con gran desnivel). En resumen, el documento justifica un costoso proyecto que privatizará un espacio verde, tendrá un importante impacto ambiental y no servirá las necesidades del 99% de la población.  
   

Alegaciones de Entorno Escorial al Estudio de Incidencia Ambiental del Parque de El Tomillar 

PRIMERA: La Alternativa 0

El Estudio de Incidencia Ambiental resume las alternativas disponibles para El Parque De El Tomillar, y empieza por analizar la “Alternativa 0”, el estado actual del parque:

- “El ámbito constituye una zona sin ordenación en el que destacar tanto la presencia de pies arbóreos singulares como el abandono y el mal estado de algunos parajes (desperdicios en torno a ciertas encinas, arroyo Lavar, barranco Machucho, mal olor en torno a la zona de ribera).”

- “daños importantes en la corteza de ciertas encinas” que son un peligroso foco de xilófagos

- “el estado actual supone un elevado riesgo de incendios en épocas estivales”

Primero, el estudio dice que estamos hablando de una zona “sin ordenación” cuando está regida por las NNSS del municipio y el Convenio del 1993 que establece la necesidad de un “Plan Especial de Iniciativa Pública” y declara que:

“Se establece una zona de Parque con posibles usos deportivos o de equipamiento siempre que no requieran edificaciones más que de forma auxiliar, con respecto del arbolado y con una superficie de 20 Has”

Segundo, el estudio concluye que “la alternativa cero se presenta como un punto de partida sobre el que es necesario actuar”. Sin embargo, lo que no menciona el Estudio de Incidencia Ambiental es el papel activo del Ayuntamiento de El Escorial en la degradación del Parque durante los últimos años:
1. Falta del mantenimiento debido de esta zona (limpieza de basuras, saneamiento de árboles etc.).
2- Vertidos de áridos, escombros y fragmentos de asfalto (que son altamente contaminantes) en la zona próxima al Arroyo, que posteriormente han quedado ocultos al cubrirlos con tierra de la zona.
3- Movimientos de tierras utilizando maquinaría pesada.
4- Daños por maquinaria pesada a árboles singulares (ej. peral de Don Guindo).
En resumen, “la Alternativa 0” postulada por este informe es engañosa: la auténtica Alternativa 0 supondría una vuelta al estado original de esta zona antes de los años de abandono y degradación permitida desde el mismo consistorio u ocasionada por diversas obras públicas, vertidos y movimientos de terreno que no han contado con los oportunos estudios ambientales.
Además, en su comparación de las tres alternativas, el estudio concluye que:
La alternativa 0, alternativa no constructiva, supone un detrimento progresivo de las actuales condiciones del Sector, ya de por sí en un elevado estado de abandono y degradación: acumulación de basuras, malos olores en torno al barranco, vegetación alejada de la climácica, pies dañados de encinas...”
Así el estudio de incidencia ambiental justifica la intervención en la zona bajo premisas falsas. El mismo Ayuntamiento, que debería haber conservado este espacio verde de gran valor ambiental, ha llevado a cabo una política que ha favorecido el abandono y degradación actual, que no se puede esgrimir como justificación con el fin de implementar su proyecto del campo de golf. El Ayuntamiento tiene la obligación, ante todo, de restituir el lugar a una situación ambientalmente adecuada: eliminar vertidos visibles y ocultos, restaurar el paisaje y tratar las heridas existentes en los ejemplares arbóreos de relevancia, como daños en algunas encinas y en los cuatro perales centenarios de la variedad Don Guindo que aún quedan.
 
SEGUNDA. La evaluación de las alternativas

Esta sección del Estudio de Incidencia Ambiental es quizás la más importante porque evalúa las opciones disponibles.
Como hemos visto la Alternativa 0 es engañosa porque describe el resultado de años de degradación y de diversas intervenciones incorrectas realizadas o no corregidas por las administraciones, y no la condición original de la zona.

La Alternativa 1 es el plan del proyecto en el Plan Especial original con algunos cambios. Entorno Escorial aplaude algunas de las modificaciones introducidas como resultado de nuestras alegaciones en 2009 y de otros grupos como Ecologistas en Acción: por ejemplo la zona de encinas (SHN-6) ahora está fuera del campo de golf y forma parte de un parque público.

La Alternativa 2 se diferencia de la alternativa anterior principalmente en el cambio de uso del Área Central del parque y la implantación de un gran lago artificial para el uso de embarcaciones de recreo y la pesca deportiva.

Según la legislación vigente (Ley 9/2006 y Ley 2/2002) un estudio de incidencia ambiental debería presentar “alternativas razonables” y es obvio que la Alternativa 2 no es “razonable”.

Crear un gran lago artificial en una zona de pastos y encinas con un importante desnivel no tiene ningún sentido, ni paisajístico ni ambiental. El municipio de El Escorial tiene una gran cantidad de lagunas, embalses, lavajos y humedales pero todos están situados en la parte con menos altura del término municipal (ej. La Granjilla, Las Radas, Los Arroyos). El Parque de El Tomillar está situado en la parte más alta del municipio en una ladera con un desnivel y sin grandes elementos naturales para crear un lago.

También es suficiente mencionar la situación los embalses de Valmayor y Los Arroyos a apenas 10 km, en nuestro propio municipio, con club deportivos, navegable, etc. para reconocer que es totalmente inaceptable hacer un mini-embalse con agua reciclada en este lugar.

Al mismo estudio de incidencia ambiental no incluye ninguna de las alternativas presentadas en las alegaciones al Plan Especial como la propuesta de Ecologistas en Acción para un gran parque forestal.

La conclusión del Estudio de Incidencia Ambiental es que:

...”se considera la Alternativa 1 como la solución más favorable para acometer la construcción del Parque El Tomillar destacando que se cumplen en ella todas las determinaciones en relación al planeamiento detalladas en las fichas urbanísticas del Sector 2 El Tomillar y del Sistema General SE2 incluidas en las Normas Urbanísticas de las Normas Subsidiarias”. 
Dicha conclusión es completamente inválida debida a la falta de alternativas razonables y hace falta la inclusión de una alternativa real y factible:
Alternativa 3
Entorno Escorial ofrece otra alternativa que tendría mucho menos impacto ambiental, que costaría mucho menos dinero público y que atendería mucho más a las necesidades de la población.
Zona este (SHN-6):
Parque público como en la Alternativa 1.
Zona central:
Un parque forestal con especies autóctonas y xerofíticas: encina, arce de Montpellier, enebro con caminos para peatones.
Zona oeste:
· Huertos recreativos utilizando el agua del Arroyo Lavar. Hay restos de huertos en la zona y, a pesar de los huertos cerca del río Aulencia, hay gran demanda social en el municipio para huertos de ocio.
· Pistas deportivas de bajo coste, como frontones, ping pong, pistas de patinaje, etc. Pistas deportivas de deportes populares (futbol, baloncesto) y tradicionales, como bolos, petanca, etc., por su bajo coste y atención a la población mayor.

La naturalización del arroyo.
Infraestructuras:
Carriles bicis y de footing separados. Los carriles bicis unidos a un proyecto futuro en nuestra ciudad, para que se pueda llegar en bici hasta ese lugar.

Jardinería con especies xerofíticas y autóctonas.

TERCERA. El carácter público de los usos deportivos

Como menciona el Estudio las NNSSS de El Escorial El Plan Parcial, “el Plan Especial podrá considerar la implantación de usos deportivos de carácter público con mayor ocupación pero siempre fuera de la zona de encinas catalogadas”.
Sin embargo el estudio no evalúa en ningún momento si el uso previsto en la Alternativa 1 realmente sea de “carácter público”. Primero, los campos de golf son zonas acotadas donde solamente pueden transitar los jugadores. Segundo, dada la política actual de privatización de la gestión de instalaciones deportivas en El Escorial, es inevitable que la gestión del campo de golf sea de iniciativa privada.
El resultado será que, en contra de las estipulaciones de las NNSS de El Escorial, la zona central del parque será un club de golf privado sin acceso para los ciudadanos, como el actual Club de Golf de La Herrería en el vecino San Lorenzo de El Escorial.  
CUARTA. El estudio socioeconómico y la demanda social

El estudio del medio socioeconómico de El Escorial debería analizar la demanda social de la población para los usos deportivos propuestos en el Plan Especial.

Sin embargo el estudio se limita a poner una serie de datos sobre los indicadores socioeconómicos del municipio sin comentario o evaluación alguna porque dichos datos demuestran claramente la falta de demanda social para un nuevo campo de golf. Ejemplos:

a) Declive de la población-

Desde el 2008 la población del municipio de El Escorial está en declive:

2008 (- 60 personas) 2009 (-69 personas) 2010 (- 125 personas).

b) Instalaciones deportivas-

El Estudio enumera las instalaciones deportivas en el municipio. Es llamativo que solamente hay dos campos de fútbol en el municipio y una zona para juegos tradicionales.

No consta en el Estudio un campo de golf aunque sí existe un club de golf en la urbanización de Pinosol (El Campo Rústico) y en el vecino San Lorenzo hay un club de golf a 1.5 km (Club de La Herrería).

El Estudio no analiza las necesidades deportivas del gran público de El Escorial: pistas de futbol y baloncesto, frontones, mesas de ping pong, pista de patinaje sobre ruedas, pista de voleibol, unihockey, atletismo etc.

En ningún momento el Estudio aporta datos sobre la demanda social de jugar el golf en El Escorial porque no hay. En España el golf es un deporte muy caro (equipos/ mantenimiento etc.) que solamente puede pagar los sectores más acomodados de la sociedad.

En resumen, queda patente que la elección de la alternativa 1 para un campo de golf desatiende las necesidades de los/as ciudadanos/as del Escorial a favor de unos pocos de las clases más pudientes.   

QUINTA. El suministro de agua reciclada 

Un campo de golf necesita mucha agua, algo que se ve en el Club de Golf de La Herrería que utiliza el agua del Embalse de Batán, agua que debería ser dedicada al consumo humano. 
De hecho hacen falta nueve litros de agua al día para mantener verde un solo metro de campo de golf y  algunas fuentes estiman que un campo de golf (de 18 hoyos) utiliza entre 300,000 y un millón de metros cúbicos de agua al año, lo mismo que una población de 10,000 habitantes (Greenpeace España duplica estas cifras).
El Estudio de Incidencia Ambiental asume que el campo se regará con agua reciclada que proviene del Canal de Isabel II y en ningún momento analiza la viabilidad de dicho suministro:
- la depuradora más cercana (EDAR) está situada en la Carretera de Galapagar a unos tres kilómetros, que significa la construcción de una nueva infraestructura de tuberías etc. para traer el agua.
- entre el Parque del Tomillar y el centro de reciclaje hay un desnivel de más de 100 metros que implica no solamente un coste importante sino también un gasto energético que debería haber sido analizado en el Estudio de Incidencia Ambiental
La Alternativa 3 (la propuesta de Entorno Escorial) tendría un gasto muy restringido de agua por el uso de árboles autóctonos y xerofíticos en el parque forestal y mediante la utilización de especies de bajo consumo hídrico en la jardinería.
SEXTA. Evaluación de impacto ambiental

El Estudio de Incidencia Ambiental admite que el impacto ambiental global de la actuación “es lógicamente NEGATIVO” pero declara que es “COMPATIBLE” y que el proyecto evaluado se considera “ADMISIBLE”.

El Estudio infravalora de forma importante el impacto ambiental de la Alternativa 1 en varias formas:

a) El uso de herbicidas y fertilizantes:

Este estudio no reconoce los riesgos hidrológicos y para la salud humana por contaminación con sustancias tóxicas los acuíferos y arroyos, pues los campos de golf se usan grandes cantidades de herbicidas y fertilizantes para su mantenimiento.

Son muchos los problemas de salud pública que generan la aplicación de dichas sustancias tóxicas en las cercanías de las residencias, como se atestiguan en muchos documentos científicos y la directiva de la unión europea sobre utilización de productos químicos en las ciudades:

La Directiva marco europea para un Uso sostenible de los plaguicidas aprobada por el Parlamento Europeo el 13 de enero de 2009 cuyos objetivos son: La reducción de los riesgos y los efectos del uso de los plaguicidas en la salud humana y el medio ambiente, y el fomento del uso de la gestión integrada de plagas y de planteamientos o técnicas alternativos como las alternativas de índole no química a los plaguicidas. En su Capítulo IV, artículos 11, Medidas para proteger el medio acuático y el agua potable y especialmente el 12, Reducción del uso o de sus riesgos en zonas específicas, se expone:
“Los Estados miembros, teniendo debidamente en cuenta los requisitos necesarios de higiene y salud pública y la biodiversidad, o los resultados de las evaluaciones de riesgo pertinentes, velarán por que se minimice o prohíba el uso de plaguicidas en algunas zonas específicas. Se adoptarán medidas adecuadas de gestión de riesgo y se concederá prioridad al uso de productos fitosanitarios de bajo riesgo con arreglo a lo definido en el Reglamento (CE) n o 1107/2009 y a las medidas de control biológico.

Dichas zonas específicas serán:

a) los espacios utilizados por el público en general o por grupos vulnerables, con arreglo a lo definido en el artículo 3 del Reglamento (CE) n o 1107/2009, como los parques y jardines públicos, campos de deportes y áreas de recreo, áreas escolares y de juego infantil, así como en las inmediaciones de centros de asistencia sanitaria;

b) las zonas protegidas que define la Directiva 2000/60/CE u otras zonas señaladas a efectos de establecer las necesarias medidas de conservación de acuerdo con lo dispuesto en la Directiva 79/409/CEE y en la Directiva 92/43/CEE;

c) las zonas tratadas recientemente que utilicen los trabajadores agrarios o a las que estos puedan acceder.”

b) El impacto de las infraestructuras

La alternativa 1 prevé la construcción de una gran cantidad de infraestructuras: una nueva calle, un circuito mixto pavimentado, edificios relacionados con el club de golf (ej. casa-club y otras dependencias), campo de prácticas etc.

Cuando se compara el impacto ambiental de la Alternativa 1 con lo de otra propuesta realista y menos intervencionista como la Alternativa 3 que tiene un mínimo de nuevas infraestructuras, es obvio que el proyecto evaluado es “INADMISIBLE”.

c) El impacto hidrológico

Como se ha mencionado antes un campo de golf supone un gran consumo hídrico y, ante la inviabilidad de traer agua reciclada desde la depuradora, lo más probable es que se utilice agua potable o, peor, que se explotan las aguas subterráneas.

En el caso de que se encuentre una solución al problema casi infranqueable de utilizar agua reciclada, también hay importantes impactos que no se mencionan el Estudio:

· La utilización de aguas depurada hace que la explotación de los acuíferos sea menor, pero reduce el aporte a los ríos o a otros usos, por lo que retrotrae el caudal ecológico o el uso en otras actividades económicas.

· Su utilización en grandes cantidades puede producir contaminación de los acuíferos debido al gran contenido en sales y otras sustancias de las mismas, junto con los elevados valores de nutrientes que llevan, destacando un elevado nivel de sales cloruradas y sódicas. Recordamos que El Escorial está en una zona especialmente sensible en cuanto a reservorio de agua para el consumo de la Comunidad de Madrid, sancionado por las leyes de esta emanadas de las directivas europeas sobre el agua.

Por todo lo expuesto,

SOLICITAMOS que se realice un nuevo Estudio de Incidencia Ambiental del Parque de El Tomillar antes de proceder con el Plan Especial.  


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