Foto: www.hispanidad.com |
Moción de Acción Plural
-->
ACCIÓN PLURAL en colaboración con la PLATAFORMA DE AFECTADOS POR LA HIPOTECA (P.A.H.) de nuestra zona presenta esta Moción al Pleno del Ayuntamiento de El Escorial para su debate y posterior votación :
Algunos Grupos Municipales
de este Ayuntamiento (entre los que se encuentra el GRUPO MUNICIPAL DE ACCIÓN
PLURAL, con dos iniciativas al respecto) han presentado a lo largo de
este mandato varias Mociones sobre este importante y grave asunto, con el ánimo
de coadyuvar en nuestro término municipal a paliar en lo posible las situaciones
inhumanas que se producen cotidianamente por esta causa. Lamentablemente, ninguna
de ellas contó en su momento con la mayoría legalmente imprescindible, para
lograr su aprobación primero y para materializar su aplicación después.
Con esta nueva propuesta, se
pretende reiterar y reforzar aquellos elementos, recogidos en los textos ya
tratados y deliberados, de modo que hace suyos todos ellos, los actualiza, los
complementa y pone al día, supliendo entre todos ellos las lagunas que cada
cual pudiera hipotéticamente tener, al traerlos ahora a colación en su
integridad sin exclusión.
Se trata, así pues, de una
nueva oportunidad para orientar las decisiones a tomar en nuestro ámbito en la
dirección más favorable a los más desfavorecidos.
El artículo 25 de la
Declaración Universal de Derechos Humanos establece que “toda persona tiene
derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la
salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda,
la asistencia médica y los
servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez y otros casos de pérdida
de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad”.
Por otra parte, de
conformidad con el párrafo 1 del artículo 11 del Pacto Internacional de
Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), los Estados Partes
"reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí
y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una
mejora continua de las condiciones de existencia. Los Estados Partes tomarán
medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho, reconociendo a
este efecto la importancia esencial de la cooperación
internacional fundada en el libre consentimiento”.
El artículo 47 de la
Constitución establece que todos los españoles tienen derecho a disfrutar de
una vivienda digna y adecuada. Igualmente, exhorta a los poderes públicos a
promover las condiciones necesarias y establecer las normas pertinentes para
hacer efectivo este derecho,
regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general, para
impedir la especulación. Nuestra Carta Magna configura el derecho a la vivienda
como un principio rector de la política social y económica, de tal forma que su
contenido prestación al exige la actuación positiva de todos los poderes
públicos con competencias en
la materia, incluyendo a la Administración Local.
La actual situación económica
ha tenido entre una de sus más graves consecuencias, la destrucción de un gran
número de empleos. Esta situación, agravada en nuestro país por la explosión de
la burbuja inmobiliaria, es especialmente dramática en nuestra
Comunidad Autónoma. Ello ha
provocado que numerosas familias no puedan atender el cumplimiento de las
obligaciones derivadas del pago de las rentas de arrendamiento o, en su caso,
de los préstamos o créditos hipotecarios celebrados para adquirir su vivienda,
siendo doblemente castigadas por dicha crisis financiera, al perder no solo sus
empleos sino también sus casas.
Ante esta situación las
Administraciones no pueden permanecer impasibles y deben realizar cuantas
actuaciones sean necesarias y tengan a su alcance para dar amparo a los ciudadanos,
al objeto de hacer efectivo el derecho a una vivienda. A ello debemos unir la
idea directriz de la debilidad del consumidor en el mercado, que obliga a los
poderes públicos a buscar restablecer, en lo posible, el equilibrio en las
relaciones de consumo entre las entidades financieras y sus clientes, lo que se
ha consagrado en nuestro ordenamiento jurídico como el principio “pro
consumidor”. En este sentido, desde las comunidades autónomas y desde los
Ayuntamientos se deben poner en funcionamiento programas en defensa de la
vivienda, para el asesoramiento, la intermediación y protección de las familias
afectadas por la crisis económica y que se encuentren en riesgo de ser privadas
de su residencia habitual y permanente.
Más allá de las medidas estatales
y autonómicas, los Ayuntamientos, como administración más cercana a los
ciudadanos y ciudadanas, y conocedores de los
problemas, necesidades y
demandas de sus vecinos, pueden incidir en atenuar la preocupante situación de desamparo en las que se encuentran miles de familias,
asfixiadas por una situación
laboral insostenible y por unas hipotecas inasumibles en tiempo de crisis, con seis
millones de parados y casi dos millones de
hogares que no tienen
ingreso alguno. El Ayuntamiento de El Escorial no puede permanecer ajeno a este
drama que afecta a muchos de sus vecinos y vecinas y debe actuar sobre las
personas y familias amenazadas de desahucios.
Por todos los motivos
expuestos anteriormente, proponemos al Pleno municipal la aprobación del siguiente
texto articulado :
1.
Que el Ayuntamiento de EL
ESCORIAL se declarare Públicamente MUNICIPIO CONTRA LOS DESAHUCIOS
.
2.
Eliminación o exención del
impuesto municipal de plusvalía para las personas afectadas por desahucios que
sufran la pérdida de su vivienda habitual en subasta y para aquellas que logren
la dación de la vivienda en pago de la deuda.
3.
Revisión de los protocolos
de actuación de los servicios sociales municipales para que, entre otros, ninguna
familia más se vea amenazada con perder la custodia de sus hijos a causa de un
desahucio, colaborando por el contrario con la petición al juez de la suspensión
del desahucio cuando éste lo sea por motivos económicos y se refiera a la
vivienda única y habitual.
4.
En los casos en que no se
pueda impedir el desahucio, garantizar el inmediato realojo en una vivienda
digna en régimen de alquiler social asequible, a
poder ser en el mismo
barrio.
5.
Hacer un censo con carácter
urgente de los pisos vacíos en manos de las entidades financieras para luego
poder aplicar medidas que fuercen su puesta inmediata en alquiler social
asequible, desde una recarga del IBI hasta la expropiación temporal de su uso.
6.
Interpelar a las entidades
financieras que operan en el municipio para exigirles la paralización de los desahucios
y la condonación de deudas ilegítimas (sentencia del tribunal europeo) fruto
del actual proceso de ejecución hipotecaria. En caso de no obtener respuesta por
parte de éstas, aplicar medidas sancionadoras. Buscar entidades financieras
alternativas con el objetivo inmediato de retirar los fondos que tenga este
Ayuntamiento con bancos que realicen desahucios.
7.
Evitar que las familias
desahuciadas sigan recibiendo los cargos correspondientes al Impuesto de Bienes
Inmuebles (I.B.I.).
8.
Colaboración de los
servicios jurídicos del Ayuntamiento con las familias víctimas de un desahucio o
ejecución hipotecaria en todos los casos que lo requieran.
9.
Que el Ayuntamiento realice
las gestiones para que no haya un solo piso municipal vacío, y que éstos se
empleen en dar solución a estos casos. No pueden existir personas en la calle
cuando hay muchas casas vacías.
10.
No poner a la policía
municipal a disposición de órdenes de desahucio.
11.
Instar al Gobierno para que
adopte las medidas necesarias para que en los supuestos de vivienda habitual e
insolvencia sobrevenida de buena fe, se aplique la dación en pago regulada en
el art. 140 de la Ley Hipotecaria, de tal forma que, a elección del deudor, se
pueda cancelar, sin ejecución hipotecaria, la totalidad de la deuda pendiente
con la entrega de la vivienda aunque ello no se haya pactado al constituirse la
hipoteca.
12.
Instar al Gobierno de España
a adoptar la paralización de los desahucios tal y como se contemplaba en la ILP
presentada hace unos meses; a que las viviendas del SAREB pasen a ser
gestionadas por las administraciones públicas autonómicas para el alquiler; a
que no apruebe el desahucio exprés del alquiler, y a que se haga una quita en
la deuda de las familias hipotecadas tal y como se ha hecho con los balances bancarios
tras el estallido de la burbuja inmobiliaria.
En El Escorial (Madrid), a
día 6 de Noviembre de 20
No hay comentarios:
Publicar un comentario