VEMOS CIERTA FLEXIBILIDAD EN EL GOBIERNO REGIONAL HACIA LOS PANELES FOTOVOLTAICOS EN LA COMARCA ESCURIALENSE


El lunes 13 de junio tres integrantes de Entorno Escorial se reunieron con el subdirector de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid y tres de sus técnicos, para comentar las restricciones a las placas en el Territorio Histórico de la Gran Cerca de Felipe II, que abarca casi todos los términos municipales de El Escorial y San Lorenzo. Antes les habíamos mandado una serie de preguntas específicas (ver abajo).

El subdirector hizo hincapié en la necesidad de cumplir con la legislación vigente y la protección que aporta el Territorio Histórico ante la ‘proliferación’ de los paneles solares y que la normativa para El Escorial y San Lorenzo, publicada hace 3 meses, sirve para facilitar las solicitudes y evitar incoherencias en las resoluciones. Le respondimos que consideramos que los requisitos son maximalistas y no consideran las directivas de la UE sobre la transición energética. Además, la zonificación no toma en cuenta que el Territorio Histórico abarca una comarca de 100 km2, nada que ver con otros conjuntos históricos (ej. Colmenar de Oreja 100 ha).

Informamos del malestar que existe entre la ciudadanía escurialense por la falta de información clara (hacen falta dibujos y glosario), las demoras en recibir una respuesta a una solicitud (alrededor de 6 meses), y las denegaciones de las comisiones locales, incluso cuando una solicitud haya recibido el visto bueno del Ayuntamiento. En realidad los criterios prohíben o hacen inviables las instalaciones de autoconsumo eléctrico para la mayor parte de la población escurialense. Cuestionamos en especial el requisito de que los paneles no sean visibles desde la calle, algo comprensible en pleno conjunto histórico, pero no en zonas periféricas con edificaciones modernas. Comentamos ejemplos de buenas prácticas y la necesidad de tomar en cuenta la demanda eléctrica a medio plazo (ej. calefacción por aerotermía/vehículos eléctricos) que implicaría una mayor ocupación de las cubiertas,

Nos informaron que en 2021/22 ha habido 15 solicitudes en San Lorenzo y 56 en El Escorial (31 de ellas desde la publicación de los criterios). El subdirector dijo que los criterios son ‘sujetos a la evolución’ y podrían ser más flexibles en las zonas periféricas. También estaba de acuerdo con el potencial de las comunidades energéticas y una funcionaria comentó la importancia de la distribución de los paneles en cubierta. Solicitamos un manual con dibujos para explicar con más claridad lo que quieren las comisiones locales. Dado los recursos limitados de la DG de Patrimonio, sugerimos comisiones mixtas (ej. con la DG de Industria y energía) para abordar las cuestiones técnicas.

Agradecimos a los funcionarios de la CM su tiempo y prometimos enviarles un dosier con una bibliografía sobre las buenas prácticas en la evaluación de las instalaciones solares en zonas de conservación y las comunidades energéticas. Nos pareció positivo que existan posibilidades de suavizar algunas normas restrictivas, pero tememos que se puede demorar mucho antes de llegar a una situación en que los paneles solares no se vean como un estorbo sino algo normal y esencial para la urgente transición energética.


 Nuestras preguntas a la DG de Patrimonio Cultural:

 

Reunión con Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid 13/06/22

 

a) La situación actual

 

1. ¿Cuántas solicitudes para instalar placas solares han recibido las comisiones locales de patrimonio de El Escorial y San Lorenzo en los últimos dos años y específicamente desde la publicación de los criterios?

 

2. ¿Cuáles son los plazos para conseguir una licencia y en qué casos hay más demoras? ¿Podrían los propietarios perder la oportunidad de acceder a las subvenciones de la Comunidad de Madrid?

 

3. ¿Qué recomendaciones prácticas tienen para los propietarios que quieren solicitar licencias para instalar placas? ¿Qué recomendaciones tienen para las comunidades de vecinos de bloques de pisos?

 

4. En este momento hay una falta de información y bastante confusión entre la ciudadanía escurialense; incluso hay propietarios que no están conscientes de la situación y instalan paneles sin permisos. Cuando la gente acude a los ayuntamientos para solicitar información, los técnicos pueden recomendar las alternativas menos viables y productivas (ej. paneles en el suelo/paneles que disimulan las ventanas velux) porque tienen menos riesgo de ser rechazadas por las comisiones.

 

¿Podrían proporcionar dibujos para explicar con más claridad qué instalaciones se permiten en distintas situaciones y un glosario para explicar términos como ‘continuidad de cubierta’ e ‘integración’?

 

5. Los solicitantes tienen que entregar toda la documentación antes de recibir una respuesta y, como hemos comentado, los ayuntamientos (que son minoría en las comisiones) no pueden proporcionar toda la información que hace falta. ¿No podría haber consultas rápidas y orientativas directamente a las comisiones?

 

6. ¿Qué gestiones ha realizado la CM con el sector energética (empresas de instalación etc.) y las comunidades energéticas para facilitar la generación local en las zonas de conservación? ¿Qué colaboración hay entre Patrimonio Cultural y la DG de Industria, Energía y Minas en este asunto?

 

B) Los criterios de las CCLL para las instalaciones de paneles fotovoltaicos

 

1. ¿Por qué no se mencionan en los criterios los factores energéticos y la urgencia de la transición energética?

 

2. ¿Qué opinan de las recientes recomendaciones de la UE a los estados miembros para fomentar la eficiencia energética en los edificios y sitios históricos (Recomendación 6) y la próxima reunión del Ministerio de Cultura para compatibilizar la conservación en España con los directivos europeos sobre energía?

 

3. ¿No les parece excesiva la documentación que se pide (planimetría, fotomontajes, estudio cartográfico, las 4 alternativas etc.) en el Territorio Histórico porque desincentiva las solicitudes?

 

4. ¿Se pueden comparar los ámbitos de conservación en otros conjuntos históricos (ej. Colmenar de Oreja 100 ha) con la extensión del Territorio Histórico de la Gran Cerca de Felipe II (unos 100 km2)? ¿No les parece que podría haber más zonificación, por ejemplo, para las urbanizaciones y polígonos lejanos de los conjuntos históricos?

 

5. ¿Qué procedimientos técnicos, como la ponderación de los distintos factores (potencial energético/impacto visual etc.), utilizan las comisiones cuando evalúan las solicitudes caso por caso? ¿Qué les parecen los métodos de análisis riesgo/beneficio que se han publicado últimamente? (ej. Polo López, C.S. (2021)

 

6. ¿Pueden explicar en más detalles estos requisitos?

 

- la continuidad en las cubiertas

- los retranqueos (cumbrera/aleros/faldones)

- la ocupación de la cubierta

- la integración de los paneles (¿no sería interesante una distinción entre cubiertas de teja y pizarra?)

-la visualización desde la calle o desde los bienes

 

7. ¿Han pensado en el impacto a medio/largo plazo de las limitaciones del número de paneles en cubiertas en el Territorio Histórico dado que la vida útil de las instalaciones puede ser de 25 años (que coincide casi con la Agenda 2050)? Ahora, en viviendas unifamiliares (no en bloques de pisos), los paneles permitidos podrían servir para cubrir las necesidades actuales (luz/electrodomésticos etc.). En el futuro se incorporarán más calefacciones (aero/geotérmicas) y vehículos eléctricos.

 

8. ¿Han tomado en cuenta las ventajas de la generación local para evitar la construcción de infraestructuras de transmisión eléctrica (como los recientes proyectos para líneas de alta tensión en nuestra comarca – Ágata (2021) / Navas Renovables (2022).

 

9. ¿La CM prevé fomentar las comunidades energéticas en las zonas de conservación que podrían solucionar muchos problemas para las administraciones y la ciudadanía?

 

 

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