07/02/23
El Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, nos ha comunicado que se van a iniciar “las actuaciones oportunas ante la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid, el Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial y el Ayuntamiento de El Escorial al entender que su queja reúne los requisitos establecidos”. Al principio su oficina fue reacia, antes de que mandásemos un informe que demuestra que no vamos en contra de unas resoluciones específicas, sino en contra de la falta de un marco jurídico adecuado, algo que permite situaciones de indefensión y arbitrariedad para la ciudadanía escurialense. Es una gran victoria para las ocho asociaciones de Esco-Renovables, una plataforma que reúne grupos variopintos: desde ecologistas a empresarios, asociaciones vecinales y defensores del patrimonio histórico.
Nuestro informe analiza la política de conservación en el Territorio Histórico de la Gran Cerca de Felipe II, que abarca la mayor parte de los municipios de El Escorial y San Lorenzo. Las dos comisiones locales de patrimonio histórico de la Comunidad de Madrid se están apoyando en un instrumento jurídico incompleto. En la declaración del BIC, hace diecisiete años, faltan los contenidos y los procedimientos para tomar en cuenta las características de zonas heterogéneas dentro de un territorio de 100 km2. El problema viene porque no se ha desarrollado un Plan Especial de Protección ni otro instrumento de planeamiento de los previstos en la legislación urbanística, que cumpla en todo caso las exigencias establecidas en la Ley de Patrimonio Histórico de España, como ha establecido el Tribunal Constitucional.
Esta situación ha derivado en unas exigencias y sectorización que hacen inviable la mayor parte de las instalaciones fotovoltaicas:
- por la demanda de un proyecto de exigencias desmesuradas
- por reducir el número de paneles por debajo de una capacidad mínima de producción
- por imponer paneles coloreados, mucho más caros y mucho menos eficientes
- por la exigencia del cumplimiento de “criterios compositivos” que nadie ha expresado por ningún medio y que convierten la autorización de la instalación de paneles fotovoltaicos en un proceso arbitrario e incierto
- por el requisito de que los paneles no se puedan ver desde la vía pública, incluso dentro de urbanizaciones modernas y alejadas del Conjunto Histórico
A partir de noviembre de 2021, la Comunidad de Madrid eximió de la exigencia de obtener licencia para la instalación de paneles solares sobre tejados. Este paso convierte las penalizaciones que sufre la instalación de placas fotovoltaicas de la comarca escurialense en una situación de agravio, no solo frente a otros ciudadanos de la Comunidad de Madrid sino frente a los del resto de España.
A medio plazo es necesario el desarrollo del Plan Especial de Protección (PEP), bien consensuado con las partes interesadas, para realizar una gestión de la conservación adaptada a las diferentes tipologías, características, necesidades, urbanismo, paisaje, sociedad, etc. de la comarca. A corto plazo, durante la redacción del PEP y dada la urgencia de las crisis energética y climática, se podría desarrollar un mecanismo para dinamizar la concesión de licencias dentro del Territorio Histórico. Así, en plena crisis económica, dispuso la Ley de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid de 2012, al objeto de dinamizar la economía y para evitar costes y tiempo de obtención de licencias para la apertura de pequeños negocios en zonas protegidas.
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